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Guía

Registro de alquiler temporario en CABA (Ley 6.255): guía 2026

Actualizado: agosto 2026

Si tenés un departamento en la Ciudad de Buenos Aires y lo alquilás por temporada turística, la Ley 6.255 te obliga a inscribirlo en el Registro de Alquileres Temporarios Turísticos. Acá te contamos, de forma clara y honesta, qué exige la ley, cómo es el trámite, cuánto son las multas y —algo que casi nadie te explica— cómo se aplica hoy en la práctica.

Esta guía tiene fines informativos y no constituye asesoramiento legal ni contable. La normativa y su aplicación pueden cambiar; verificá la información vigente y consultá a un profesional antes de tomar decisiones.

Qué es la Ley 6.255 y a quién obliga

La Ley 6.255 de la Ciudad de Buenos Aires, sancionada en 2019 y vigente desde 2020, creó el Registro de Propiedades de Alquileres Temporarios Turísticos, a cargo del Ente de Turismo de la Ciudad. La norma establece que todo inmueble con destino habitacional que se ofrezca —entero o en parte— como alquiler temporario turístico, es decir para estadías de entre una noche y tres meses, debe estar inscripto.

La obligación alcanza tanto a los anfitriones y propietarios como a las plataformas de intermediación (Airbnb, Booking, etc.). Aplica sin importar cuántas noches al año alquiles: lo que dispara la obligación es ofrecer la vivienda en modalidad turística, no la cantidad de reservas. La inscripción es gratuita.

Requisitos para inscribirte

Para completar la inscripción vas a necesitar:

El trámite paso a paso

La inscripción es 100% online, por la plataforma Trámites a Distancia (TAD) de la Ciudad, y no tiene costo:

Multas y sanciones

La Ley 6.255 incorporó las sanciones al Régimen de Faltas de la Ciudad (Ley 451). Ofrecer una unidad sin haber iniciado la inscripción se sanciona con una multa de 700 a 1.000 unidades fijas (UF). El valor de la UF se actualiza periódicamente, y el monto concreto dentro de ese rango lo determina la Justicia de Faltas. También hay sanciones previstas para las plataformas que incumplan.

En la práctica

El registro es una obligación legal vigente. Dicho eso, conviene entender cómo se aplica hoy, en los hechos:

Las contras de registrarte

Registrarse también tiene un costado que conviene tener en cuenta antes de decidir. Formalizar la actividad como alquiler temporario turístico puede cambiar tu situación impositiva: a diferencia de la locación de vivienda, la actividad turística suele quedar alcanzada por impuestos como IVA e Ingresos Brutos.

Además, inscribirte implica costos concretos: el seguro de responsabilidad civil obligatorio y, en edificios de propiedad horizontal, los certificados técnicos de electricidad y gas firmados por un matriculado. Cada situación es distinta y el impacto impositivo depende de tu caso particular: antes de tomar una decisión, consultá a tu contador.

Cómo te ayudamos

En Qüin Baires administramos departamentos de alquiler temporario en Buenos Aires y conocemos el terreno. Si estás evaluando poner tu propiedad en alquiler temporario nos ocupamos de toda la gestión y, si querés, la registramos por vos: armamos la documentación, la presentamos por TAD y cargamos el número en el anuncio. Vos no hacés ningún trámite.

¿Todavía estás decidiendo cómo encarar tu departamento? Te pueden servir estas guías: administrarlo por tu cuenta o delegar y cómo amoblarlo para que rinda al máximo.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio registrarse para alquilar por Airbnb en CABA?
Sí. La Ley 6.255 obliga a inscribir en el registro de la Ciudad todo inmueble que se ofrezca como alquiler temporario turístico, sin importar cuántas noches al año lo alquiles. El trámite es gratuito y 100% online. Distinto es cómo se controla en la práctica, que hoy es limitado.
¿Me pueden multar si no me registro?
La ley prevé multas de 700 a 1.000 unidades fijas. En la práctica, al día de hoy no trascendieron casos públicos de multas efectivamente cobradas bajo esta ley, aunque la Ciudad anunció que empezaría a controlar la oferta desde agosto de 2025. La obligación existe; el nivel de fiscalización todavía es bajo.
¿Airbnb o Booking me exigen el número de registro para publicar?
La ley prevé que las plataformas habiliten un campo para cargar el número, pero en la práctica ese dato no funciona como una barrera que te impida publicar o mantener tu anuncio online. De todos modos, conviene revisar los requisitos vigentes de cada plataforma, que pueden cambiar.
¿Cuánto cuesta el trámite?
La inscripción en sí es gratuita. Los costos asociados son el seguro de responsabilidad civil obligatorio y, en propiedad horizontal, los certificados técnicos de electricidad y gas firmados por un matriculado.
¿Conviene registrarse o no?
Depende de tu caso: registrarte te da respaldo formal y te cubre si la Ciudad endurece los controles, pero también puede cambiar tu situación impositiva. Es una decisión para tomar con tu contador. Si decidís hacerlo, la registramos por vos.
¿Preferís no lidiar con trámites ni impuestos?

Nosotros administramos tu departamento de punta a punta y, si querés, lo registramos por vos. Contanos de tu propiedad.

Contanos de tu departamento

Fuentes: Ley 6.255 (CEDOM — Legislatura CABA) · Resolución ENTUR 8/2025 (Boletín Oficial CABA) · Registro oficial — Ente de Turismo de la Ciudad